Encausamiento de los periodistas independientes Raúl Rivero y Ricardo González
Alfonso
A continuación reproducimos textualmente el encausamiento fiscal de los
periodistas RAUL RIVERO y RICARDO GONZALEZ ALFONSO, enjuiciados en un ``procedimiento
sumarísimo'' el viernes 4 de abril de 2003. Hemos respetado
estrictamente la ortografía y sintaxis del material de 10 páginas.
EFP No. 348/03 D.S.E.
CONCLUSIONES PROVISIONALES ACUSATORIAS DEL FISCAL (Art. 278 L P.P)
DELITO: ACTOS CONTRA LA INDEPENDENCIA O LA INTEGRIDAD TERRITORIAL DEL ESTADO
ACUSADOS: RICARDO SEVERINO GONZALEZ ALFONSO. RAUL RAMON RIVERO CASTAÑEDA.
A LA SALA DE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL ESTADO:
EL FISCAL DICE: Que estimándolas completas, presenta las actuaciones del
expediente de referencia e interesa que se resuelva conforme a las peticiones
que siguen:
A) Tener por acusados a RICARDO SEVERINO GONZALEZ ALFONSO y a RAUL
RAMON RIVERO CASTAÑEDA asegurados con la medida cautelar de prisión
provisional.
B) Radicar Causa y abrir a juicio oral, a cuyo efecto formula las siguientes:
CONCLUSIONES PROVISIONALES:
PRIMERA: Que el gobierno de los Estados Unidos a través de su Sección de
Intereses en Cuba, con el papel protagónico de James Cason, jefe de la
representación diplomática en La Habana, con el objetivo de destruir la
Revolución cubana, ha priorizado la subversión interna. Para la consecución de
sus propósitos conspirativos han procurado la actuación de apátridas dispuestos
a suministrarles informaciones y cumplir sus órdenes entre los que se encuentran
los acusados asegurados RICARDO SEVERINO GONZALEZ ALFONSO y RAUL RAMON
RIVERO CASTAÑEDA, que realizan actividades subversivas encaminadas a afectar
la independencia e integridad territorial cubana.Es así como a partir de la
década de los 90 hasta la fecha, adoptaron la fachada de autotitularse
periodistas independientes para desacreditar el sistema de gobierno cubano, sus
instituciones, dirigentes, y sistema social, con la finalidad de aglutinar
algunos contrarrevolucionarios que se prestaran a actuar en correspondencia con
los fines del gobierno de Estados Unidos. Por su parte, desde el año 1992 el
acusado RAUL RAMON RIVERO CASTAÑEDA se autotituló periodista
independiente. Es así como habiendo recibido promesas de ayudas económicas por
parte de funcionarios, diplomáticos y de otras personas residentes en el
exterior, creó ilegalmente en 1995 un grupo contrarrevolucionario con propósitos
subversivos, que autodenominaron ``Cuba Press'', cuyo cabecilla es el
acusado RAUL RAMON RIVERO CASTAÑEDA dedicándose junto a RICARDO
SEVERINO GONZALEZ ALFONSO a difundir falsas noticias para satisfacer
los intereses de sus patrocinadores del gobierno norteamericano.Con el propósito
de desarrollar actividades encaminadas a cumplir las órdenes que recibían del
gobierno norteamericano, el acusado RICARDO SEVERINO GONZALEZ ALFONSO
junto al acusado RIVERO CASTAÑEDA, el 30 de mayo del 2000 idearon,
pretendiendo enfocarlo legalmente, el suministro de informaciones que requería
el gobierno norteamericano, el que nombraron ''Sociedad de Periodistas
Independientes Manuel Márquez Sterling'', el cual es de composición ilegal.
Ambos acusados propiciaron el surgimiento de una revista subversiva que
titularon ''De Cuba'', para suministrar informaciones falsas y facilitar las
agresiones norteamericanas al sistema social cubano. Continuando el acusado
GONZALEZ ALFONSO con sus deleznables actos, en el propio año 2000, creó y
estableció en su domicilio, una biblioteca que en consonancia con el enfoque
ingerencista norteamericano llamaron ''independiente'', repleta de libros con
temáticas subversivas, en su mayoría recibidos por contribución de la Sección de
Intereses de los Estados Unidos en La Habana. De igual forma, el acusado
GONZALEZ ALFONSO ha participado en encuentros con distintas personas con
similar conducta a la suya, siendo visitado en diferentes oportunidades, con
intenciones de organizar y apoyar tareas que justifiquen agresiones
norteamericanas, por la señora que en aquel entonces era jefa de la Sección de
Intereses de los Estados Unidos de Norteamérica en Cuba Vicky Huddleson y la
Segunda Secretaria de Cultura y Prensa Mariam Mackay, además de otros elementos
subversivos nacionales y extranjeros, que acudían a las citas programadas.
Insaciable en la búsqueda de dinero fácil, en el mes de abril del año dos mil
dos, a través del ciudadano nombre Manuel David Orrios, radicado en el exterior,
establece contactos con una página Web de Internet denominada Cubanet, que es
confeccionada con el objetivo de publicar documentos contrarrevolucionarios de
la autotitulada Prensa Independiente en Cuba, en la cual situó artículos
tergiversadores de la realidad cubana, recibiendo pagos por sus dañinas
publicaciones, obteniendo además, de forma periódica, como fruto de sus vínculos
con periodistas y agencias de el tipo ya referido, valijas con medicamentos,
ropas y equipos para el aseguramiento de su actuar subversivo. Próximo al año
dos mil comienza a colaborar como informante del conservador y anticubano
periódico norteamericano ''El Nuevo Herald'', cobrando más de trescientos
dólares mensuales por las publicaciones deliberadamente falsas y agresivas que
realizaba contra la nación cubana. Persistiendo en su conducta a favor de la
política hostil de los Estados Unidos contra Cuba, se vinculó con la Fundación
Nacional Cubano Americana, organización terrorista radicada en Miami, Estados
Unidos, recibiendo de sus miembros material propagandístico en el que se tratan
temas de contra y con el propósito de derrocar el sistema político y social
cubano. Asimismo, quedó establecida su interrelación con la sucursal de la
terrorista Fundación Nacional Cubano Americana, la Fundación Hispano Cubana, a
la cual ha entregado informaciones redactadas por él, que se publicaron en una
revista que esta organización edita en España. Ha sostenido contactos con
funcionarios de la Sección de Intereses de los Estados Unidos en La Habana, los
que han sido principalmente con el actual Jefe James Cason y con el Segundo
Secretario de Cultura y Prensa Nicholas Giaccobbe, demostrándose que este
acusado se dirige a la mencionada oficina con el objetivo de brindar
informaciones manipuladas y falseadas con relación a la situación política,
social y económica de Cuba, las que con de interés del gobierno de los Estados
Unidos para utilizarlas en actos hostiles contra nuestro país. De igual forma,
acude a la Sección de Intereses de los Estados Unidos en La Habana para recibir
instrucciones, solicitar libros, folletos culturales o algunos materiales
informativos tomados de Internet, que son de contenido contrarrevolucionario y
para subvertir el orden social, asistiendo igualmente a reuniones y almuerzos
con el actual Jefe de la Sección de Intereses ya referido, departiendo, en
compañía de los demás miembros de los grupúsculos contrarrevolucionarios, donde
se abordan temas subversivos y se intercambian estrategias para destruir la
estructura política y social de Cuba. Con el pago recibido por su labor
mercenaria el acusado GONZALEZ ALFONSO realizó una reparación de su
domicilio, colocando alfombras, un aire acondicionado, computadores, además de
treinta sillas plásticas, sitio este donde se desarrollaban reuniones de varias
personas puerta cerrada, siendo uno de los participantes al Segundo Secretario
de Prensa y Cultura de la Sección de Intereses de los Estados Unidos en Cuba, y
otros funcionarios norteamericanos que allí imparten sus órdenes e instrucciones
subversivas. Al acusado GONZALEZ ALFONSO, entre otros artículos, le fue
ocupado, un fax con teléfono y contestador marca Panasonic, un teléfono
Panasonic con contestador y memoria, una mini grabadora, máquinas de escribir,
un radio tecsun r970, un radio marca grundig tr ii digital, una cámara de video,
dos computadoras, de ellas una laptop, un scaner, una cámara fotográfica
digital, una impresora de computadora, varios CD rom, y cassettes de audio y
videos, libros y documentos conteniendo información que se propone subvertir el
sistema económico, político y social cubano, siéndoles éstos suministrados por
la Sección de Intereses de los Estados Unidos, varios ejemplares de la revista
''Cuba Nuestra'' y ''Luz Cubana'', dos minicassettes con grabaciones de
entrevistas realizadas por él que son desestabilizadoras y envía a la citada
emisora ''Radio Martí'', agendas de teléfonos donde aparecen consignados, entre
otros, los números telefónicos de la Sección de Intereses de los Estados Unidos
y de funcionarios que laboran en la misma.
El acusado RIVERO CASTAÑEDA a partir del año dos mil comienza a
suministrar informaciones semanales para la página Web ''Encuentro en la Red''
perteneciente a la Sociedad Interamericana de Prensa, cobrando por cada artículo,
recibiendo también ingresos por otras publicaciones, persiguiendo todos sus
escritos un manifiesto propósito desestabilizador del Estado cubano.Laboró
también junto al acusado RICARDO SEVERINO GONZALEZ ALFONSO en la
constitución de otra fachada para suministrar información al gobierno
norteamericano, la que llamaron ''Sociedad Manuel Márquez Sterling'',
propiciando entre ambos el surgimiento de la revista subversiva que titularon
''De Cuba'' con similares objetivos. Se ha desempeñado además como corresponsal
a sueldo de la Agencia de Prensa francesa, de corte subversiva ''Reporteros sin
Fronteras''. También, con similares fines, realiza publicaciones subversivas
para la revista ''Encuentro'' y para el sitio Web ''Encuentro en la Red'' que
les pagan por cada colaboración suya, informando siempre sobre temas que
requiere Estados Unidos para mantener su política hostil dirigida a derrocar la
Revolución cubana. Mantiene estrechas relaciones con el resto de los grupos
contrarrevolucionarios en Cuba, participó en el ilegal lanzamiento en La Habana
de un libro con ideas y estrategias desestabilizadoras y subversivas titulado,
donde fue jurado, evento en el que participó James Cason, persistiendo en su
búsqueda de noticias falsas sobre la realidad cubana. El acusado insistentemente
ofrece declaraciones en vivo por la mal llamada ''Radio Martí'', emisora radial
terrorista radicada en Miami, todas en contra del proceso revolucionario cubano.
De igual forma, habitualmente remite publicaciones a cabecillas de
organizaciones contrarrevolucionarias entre los que se encuentran Juan Granados,
y al agente de los sericios de inteligencia norteamericano Frank Calzón, que le
facilitan la difusión de sus materiales contrarrevolucionarios y el pago por su
actividad mercenaria. El acusado RIVERO CASTAÑEDA también es miembro de
la ya citada organización terrorista Fundación Hispano Cubana, donde ostenta el
cargo de patrono. En el registro domiciliario efectuado al acusado RIVERO
CASTAÑEDA, entre otros artículos, se le ocupó un radio marca Sony, una
grabadora, un cargador digital de baterías, una máquina de escribir, una
computadora personal laptop marca Samsung, con todos sus aditamentos, un
adaptador de cámara video ocho, varios cassettes de audio y de video conteniendo
información destinada a subvertir el sistema económico, político y social cubano,
cinco libros titulados ''Ojo Pinta'' de la autoría de RAUL RIVERO,
dieciocho sobres conteniendo artículos periodísticos, recortes de artículos de
prensa independiente pertenecientes a RAUL RIVERO, tres file conteniendo
documentos de la llamada prensa independiente, entre otros materiales de
carácter subversivo. El acusado asegurado RAUL RAMON RIVERO CASTAÑEDA,
ciudadano cubano, natural de Camagüey, hijo de Esineo Tiburcio y Hortensia Edma,
casado, de cincuenta y siete años de edad, nivel escolar universitario,
desocupado, sin antecedentes penales, pero de pésima conducta por frecuentar la
compañía de antisociales con quienes intercambia mutua influencia negativa, se
manifiesta groseramente del proceso revolucionario, desobedece las advertencias
oficiales que se le han hecho, es provocador e irrespetuoso de las normas de
convivencia social. El acusado asegurado RICARDO SEVERINO GONZALEZ ALFONSO,
ciudadano cubano, natural de La Habana, hijo de Antonio y Graciela, de cincuenta
y tres años de edad, duodécimo grado de escolaridad, desocupado, sin
antecedentes penales, pero de pésima conducta social por sus persistentes
instigaciones a las reuniones y manifestaciones ilícitas, alterar el orden con
frecuencia, desobedece las advertencias oficiales que se le hacen por ser una
persona provocadora, desestabilizadora, irrespetuosa de la colectividad y de los
valores sociales.
SEGUNDA: Estos hechos son constitutivos de un delito de ACTOS CONTRA
LA INDEPENDENCIA O LA INTEGRIDAD TERRITORIAL DEL ESTADO, previsto y
sancionado en el artículo 91 del Código Penal.
TERCERA: Los acusado asegurados, son autores de los delitos imputados
según lo preceptuado en el artículo 18, apartados 1 y 2, inciso a) del Código
Penal.
CUARTA: Concurren las circunstancias agravantes de la
responsabilidad penal previstas en los incisos a), b), c), e), n), o) del
artículo 53 del Código Penal para ambos acusados, interesando la
aplicación de la agravación extraordinaria de la sanción prevista en el apartado
segundo del artículo 54, del propio Código Penal.
QUINTA: Las sanciones que deben imponerse a los acusados son las
siguientes:Para el acusado asegurado RICARDO SEVERINO GONZALEZ ALFONSO,
la sanción de PRIVACION PERPETUA DE LIBERTAD. Para el acusado asegurado
RAUL RAMON RIVERO CASTAÑEDA, la sanción de VEINTE AÑOS DE PRIVACION DE
LIBERTAD. Con las accesorias de los artículos 37, apartados 1 y 2; 43,
apartados 1 y 2; y 44, apartados 1 y 2 del Código Penal, para ambos acusados.
RESPONSABILIDAD CIVIL: NO ES EXIGIBLE.
OTROSI: La prueba de la que intenta valerse el Fiscal es la que se señala en
los apartados A), B), C) y D) que siguen:A. Declaraciones de los acusados
si a ello accedieren.B. Documental, proponiéndose todas las que se adjuntan y
proyección de filmaciones sobre las actividades de los acusados.C. Testifical,
interesando la citación judicial de las personas que se mencionan en lista anexa
para que declaren sobre los hechos, autores y circunstancias que en cada caso se
precisan.D. Pericial, interesando la citación judicial de los Peritos, para que
ratifiquen, modifiquen, o amplien sus dictámenes.
OTROSI: Se acompañan cuatro copias del presente escrito.
LISTA DE TESTIGOS:
Rita Sutil Yero; Calle 86 No. 730, entre 7ma y 9na, Playa.Vecina del lugar
de residencia de GONZALEZ ALFONSO, y expondrá que ha presenciado
reuniones de varias personas en el domicilio del mismo, con la presencia de
funcionarios de la Sección de Intereses de los Estados Unidos en Cuba, y sus
vínculos con miembros de la Fundación Nacional Cubano Americana.
Dalia de los Santos Rojas; Calle 86 No. 705, entre 7ma A y 9na,
Playa.Explicará que GONZALEZ ALFONSO, además de lo anteriormente referido,
ha tenido, con fines subversivos, contactos en su vivienda con funcionarios de
la Sección de Intereses de los Estados Unidos, bajando bultos en el domicilio de
éste.
Basilia María Tamayo Pena Manifestará que desde hace algún tiempo,
GONZALEZ ALFONSO realizó una reparación de su domicilio, colocando varias
alfombras, aires acondicionados, computadoras, además de treinta sillas
plásticas, sitio este donde se desarrollaban reuniones de varias personas a
puerta cerrada, identificando como participantes a funcionarios de la Sección de
Intereses de los Estados Unidos en Cuba.
Ada Curros Subirats; Vecina de Peñalver 473, entre Franco y Oquendo,
Centro Habana.Para demostrar que RIVERO CASTAÑEDA se dedica a hacer
reuniones subversivas en su domicilio con diferentes personas de su misma
conducta contrarrevolucionaria, recibe la visita en su domicilio con fines
subversivos de personas y autos de la Sección de Intereses de los Estados Unidos,
en las que recibe panfletos y revistas, entre otros materiales bibliográficos de
contenido contrarrevolucionario que traían en los propios vehículos, así como
les expresa noticias falsas relacionadas con la situación actual de Cuba para su
publicación en periódicos y usarlas en entrevistas en el exterior.
Justo Inocencio Palacios Naranjo; Vecino de Peñalver 471, entre Franco y
Oquendo, Centro Habana.Para corroborar lo expresado por el anterior testigo, y
que RIVERO CASTAÑEDA se comunica con la emisora ''Radio Martí'' para
transmitir informaciones falsas e informes en contra de la Revolución cubana,
que visita con frecuencia la Sección de Intereses de los Estados Unidos en Cuba,
con similares fines.
Arnulfo Roberto Rodríguez Puerto; Peñalver 459, entre Franco y
Oquendo.Expondrá que RIVERO CASTAÑEDA ha repartido periódicos, folletos, y otros
materiales de contenido subversivo a distintos vecinos del lugar, confirmará la
visita de personas en autos pertenecientes a sedes diplomáticas, que se dedica a
tergiversar la realidad cubana en las entrevistas que le son realizadas, así
como a comunicar noticias falsas a diferentes medios de prensa extranjera para
que las mismas sean publicadas y dañen a Cuba.
Acacia Isabel García Delgado; Vecina de Peñalver, 471, entre Franco y
Oquendo, Centro Habana.Ratificará lo expuesto por los anteriores testigos.
Tte. Crnel. Vladimir Batlle Rodríguez. Instructor del Departamento de
Seguridad del Estado.Se referirá a las pruebas obtenidas y resultados de la
investigación realizada.
PERITOS LCC:1.-
Capitán Ingeniero Justo Esteban Mesa Fernández
Mayor Licenciado Antonio García Rivero
AVEXI: sobre el empleo de los radios.- Declaración sobre el estado técnico de
los equipos ocupados a ambos acusados.- Que estos radio no se comercializan en
Cuba.- Que el diseño de los radios en cuanto a los parámetros técnicos, lo hacen
un medio idóneo para recepcionar transmisiones desde el exterior.2.- Informática:
sobre los medios computarizados y otros ocupados.
1er teniente Jorge Alberto Cuba Marchan
Capitán Licenciado Ernesto Vladimir Pico Abello
Teniente Licenciado Ramsés Dupuy Mercader Sobre el estado técnico de los medios
y su contenido en el caso de los ocupados a Ricardo Severino, documentos y
artículos ocupados.En el caso de Raúl Rivero informará el perito de informática
Teniente Licenciado Ramsés Dupuy Mercader.
FirmadoFiscal Lic. Miguel Angel Moreno Carpio.C. Habana a 31 de Marzo de 2003
NOTA DE LA VOZ DE CUBA LIBRE: No se mencionaron, hasta estar celebrando el
juicio que los supuestos periodistas independientes y agentes de Seguridad del
Estado Manuel David Orrio y Nestor Garbe declararian en el mismo.
lavozdecubalibre.com
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